Si, es lo primero que hice. Los cálculos los mantiene sin problemas, pero los gráficos los descuajarringa.Topohace 1 año¿Has probado a subirlo a Google Drive y que te lo convierta? Google documents es lo más estándar que te puedes echar a la cara y se ve bien en android directamente (y puedes compartir el enlace).MicMichace 1 año¿Sabe alguien de alguna aplicación para android que edite esos ficheros .odt.?
Si quieres chútame el fichero y le doy una prueba, aunque para temas de cálculo mucho mejor una "HOJA". Puedes hacer hojas bastante complejas pero además con contenido gráfico (no se como es tu fichero)
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De todas formas Open Office tenía entendido que está obsoleto y que tiene importantes bujeros de seguridad que no se han reparado (ni se repararán) en favor del uso de LibreOffice.
¿Has probado usando LibreOffice para android y si te lo respeta? Igualmente si valoras el trabajo offline y el opensource, deberías dejar Open y pasar a Libre.
y no se lo que habra explicado tu instructor pero es responsabilidad del piloto al mando de disponer de cartografia oficial actualizada para la planificación y ejecucion de los vuelos. Eso de usar cartas de 2021 no esta permitido y te podrias exponer a una sanción.
Los espacios aereos, zonas de control y otros elementos cambian con frecuencia por eso hay que leer los NOTAMS y usar informacion actualizada en base al AIP nacional.
te recomiendo este link para conseguir esta informacion gratis
ENAIRE GUIA VFR
Para cartografia a nivel de carta grande te toca pagar (si te contaron que en aviacion habia algo gratis te engañaron jejeje) Pero vaya no son muy caras.
Esta es la cartografia OFICIAL disponible en España LINK
Las cartas de 2021... bueno, un poco desfasadas (habría que ver si son la última edición), y si te pilla un inspector quisquilloso te puede tocar las narices. Lo mejor es tenerlas al día, y mirar los NOTAMS antes de salir, que hoy es fácil de hacer con los enlaces que puso Furia.
Edito:



A raíz de un accidente (Informe técnico
ULM A-010/2019), la CIAIAC preguntó a AESA al respecto, y esto fue lo que contestó:
Pero date cuenta, que esa misma legislación te está diciendo "tripulantes", "carga", etc..., en un ULM....
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Bueno todo sea arreglarlos... google docs tiene bastantes opciones sin tener que irse a programación.MicMichace 1 añoSi, es lo primero que hice. Los cálculos los mantiene sin problemas, pero los gráficos los descuajarringa.Topohace 1 año¿Has probado a subirlo a Google Drive y que te lo convierta?
De todas formas Open Office tenía entendido que está obsoleto y que tiene importantes bujeros de seguridad que no se han reparado (ni se repararán) en favor del uso de LibreOffice.
¿Has probado usando LibreOffice para android y si te lo respeta? Igualmente si valoras el trabajo offline y el opensource, deberías dejar Open y pasar a Libre.
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Miraré a ver. Supongo que el formato .odt es el mismo...Topohace 1 añoBueno todo sea arreglarlos... google docs tiene bastantes opciones sin tener que irse a programación.MicMichace 1 añoSi, es lo primero que hice. Los cálculos los mantiene sin problemas, pero los gráficos los descuajarringa.Topohace 1 año¿Has probado a subirlo a Google Drive y que te lo convierta?
De todas formas Open Office tenía entendido que está obsoleto y que tiene importantes bujeros de seguridad que no se han reparado (ni se repararán) en favor del uso de LibreOffice.
¿Has probado usando LibreOffice para android y si te lo respeta? Igualmente si valoras el trabajo offline y el opensource, deberías dejar Open y pasar a Libre.
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Tengo en casa las cartas de navegación del Ejército del Aire pero son de 2.013 pero recientemente me he hecho con las VFR Air Million Iberia 2021.
Pensaba que las del Ejército del Aire eran las mejores y más completas, pero éstas apenas tienen datos de aeródromos. Tampoco incluye frecuencias de radio o ATIS, solo incluye nombre de aeropuerto y su VOR - NDB. Eso si, te marca a la perfección y muy claro las zonas a evitar:
--- Ejército del Aire:




--- Rogers Data:


--- Air Million VFR Iberia:

Para aviación deportiva, creo que las mejores son las Rogers Data o Air Million, como las mías son de 2021, de momento voy a seguir con ellas un par de años más.
Saludos
Pensaba que las del Ejército del Aire eran las mejores y más completas, pero éstas apenas tienen datos de aeródromos. Tampoco incluye frecuencias de radio o ATIS, solo incluye nombre de aeropuerto y su VOR - NDB. Eso si, te marca a la perfección y muy claro las zonas a evitar:
--- Ejército del Aire:




--- Rogers Data:


--- Air Million VFR Iberia:

Para aviación deportiva, creo que las mejores son las Rogers Data o Air Million, como las mías son de 2021, de momento voy a seguir con ellas un par de años más.
Saludos
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jeje no me voy a poner en plan inspectorRiokuhace 1 año
Para aviación deportiva, creo que las mejores son las Rogers Data o Air Million, como las mías son de 2021, de momento voy a seguir con ellas un par de años más.
Saludos
Los espacios aereos, zonas de control y otros elementos cambian con frecuencia por eso hay que leer los NOTAMS y usar informacion actualizada en base al AIP nacional.
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Para cartografia a nivel de carta grande te toca pagar (si te contaron que en aviacion habia algo gratis te engañaron jejeje) Pero vaya no son muy caras.
Esta es la cartografia OFICIAL disponible en España LINK
Last edited by Furia hace 1 año, edited 1 time in total.
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No creo. Debes tener toda la documentación necesaria para realizar el vuelo, pero no por duplicado. Para tomas y despegues, o vuelos locales, creo que ni siquiera necesitas cartas de ruta, ni de aeródromo.flankercobrahace 1 añoY creo recordar, era pregunta de examen, que tienes que llevar dos juegos a bordo del ULM
Las cartas de 2021... bueno, un poco desfasadas (habría que ver si son la última edición), y si te pilla un inspector quisquilloso te puede tocar las narices. Lo mejor es tenerlas al día, y mirar los NOTAMS antes de salir, que hoy es fácil de hacer con los enlaces que puso Furia.
Edito:
NCO.GEN.135 Documents, manuals and information to be carried
Regulation (EU) 2018/1975
(a) The following documents, manuals and information shall be carried on each flight as originals or copies unless otherwise specified:
(1) the AFM, or equivalent document(s);
(2) the original certificate of registration;
(3) the original certificate of airworthiness (CofA);
(4) the noise certificate, if applicable;
(5) the list of specific approvals, if applicable;
(6) the aircraft radio licence, if applicable;
(7) the third party liability insurance certificate(s);
(8) the journey log, or equivalent, for the aircraft;
(9) details of the filed ATS flight plan, if applicable;
(10) current and suitable aeronautical charts for the route area of the proposed flight and all routes along which it is reasonable to expect that the flight may be diverted;
(11) procedures and visual signals information for use by intercepting and intercepted aircraft;
(12) the MEL or CDL, if applicable; and
(13) any other documentation that may be pertinent to the flight or is required by the States concerned with the flight.
(b) Notwithstanding (a), on flights:
(1) intending to take off and land at the same aerodrome/operating site; or
(2) remaining within a distance or area determined by the competent authority,
the documents and information in (a)(2) to (a)(8) may be retained at the aerodrome or operating site.
(c) The pilot-in-command shall make available within a reasonable time of being requested to do so by the competent authority, the documentation required to be carried on board.
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Pues te lo confirmo; por duplicado las cartas. No sé si ya no será obligatorio; pero está en los test y en los apuntes de cuando me saqué el título
De hecho; en cada ultraligero había una del club y luego cada piloto debía llevar la suya
De hecho; en cada ultraligero había una del club y luego cada piloto debía llevar la suya
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Pues te engañaronflankercobrahace 1 añoPues te lo confirmo; por duplicado las cartas. No sé si ya no será obligatorio; pero está en los test y en los apuntes de cuando me saqué el título
De hecho; en cada ultraligero había una del club y luego cada piloto debía llevar la suya
A raíz de un accidente (Informe técnico
ULM A-010/2019), la CIAIAC preguntó a AESA al respecto, y esto fue lo que contestó:
Eso hace 4 años. Tendría que mirar la norma actual con más detenimiento. Pero, vamos, por duplicado no lo había visto nunca.Situación normativa respecto a los documentos que han de llevarse a bordo de la aeronave
Durante la investigación se ha consultado a AESA qué documentos han de llevarse a bordo de la aeronave y estar disponibles en caso de inspección. Según AESA.
Puesto que en la normativa de ULM no se especifica nada concretamente, se aplica Io previsto en la siguiente normativa:
1. Ley 48/1960 de Navegación Aérea.
Capítulo IV. De los documentos de a bordo.
Artículo veinte.
Las aeronaves llevarán a bordo los siguientes documentos:
• Primero. Certificación de matrícula, en la que constará el título de propiedad.
• Segundo. Certificado de aeronavegabilidad.
• Tercero. Licencia de aptitud de cada uno de los tripulantes.
• Cuarto. Cuando lleve pasajeros o carga, lista de los nombres de los pasajeros y
lugares de embarque y puntos de destino y manifiesto y declaración de carga.
• Quinto. Cualquier otro documento que reglamentariamente pueda exigirse.
Artículo veintiuno.
La aeronave llevará también licencia y calificación de su estación de radiocomunicación, así como el Diario del servicio radioeléctrico, donde se registren las comunicaciones efectuadas y las incidencias notables habidas en ellas.
2. Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por el Real Decreto 57/2002.
Libro séptimo - Capítulo 2 (aplicable a aviones)
7.2,5. Instrumentos y equipos
7.2.5.1. Para todos los aviones en todos los vuelos
7.2.5.1.2. Equipo
7.2.5.1.2.1.1. Todos los aviones en todos los vuelos irán equipados con:
d) Manuales, cartas e información siguientes.
i) el manual de vuelo del avión, u otros documentos o información relacionados con toda limitación de utilización prescrita para el avión por la autoridad encargada de la certificación, del Estado de matrícula, y requeridos para la aplicación del apartado 7.2.4.
ii) cartas actualizadas adecuadas para la ruta del vuelo propuesto y para todas las rutas por las que posiblemente pudiera desviarse el vuelo.
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Hombre no creo que me engañaran, ya te digo que venía así en los exámenes y que de hecho llevábamos dos cartas a bordo.MicMichace 1 añoPues te engañaronflankercobrahace 1 añoPues te lo confirmo; por duplicado las cartas. No sé si ya no será obligatorio; pero está en los test y en los apuntes de cuando me saqué el título
De hecho; en cada ultraligero había una del club y luego cada piloto debía llevar la suya
A raíz de un accidente (Informe técnico
ULM A-010/2019), la CIAIAC preguntó a AESA al respecto, y esto fue lo que contestó:
Eso hace 4 años. Tendría que mirar la norma actual con más detenimiento. Pero, vamos, por duplicado no lo había visto nunca.Situación normativa respecto a los documentos que han de llevarse a bordo de la aeronave
Durante la investigación se ha consultado a AESA qué documentos han de llevarse a bordo de la aeronave y estar disponibles en caso de inspección. Según AESA.
Puesto que en la normativa de ULM no se especifica nada concretamente, se aplica Io previsto en la siguiente normativa:
1. Ley 48/1960 de Navegación Aérea.
Capítulo IV. De los documentos de a bordo.
Artículo veinte.
Las aeronaves llevarán a bordo los siguientes documentos:
• Primero. Certificación de matrícula, en la que constará el título de propiedad.
• Segundo. Certificado de aeronavegabilidad.
• Tercero. Licencia de aptitud de cada uno de los tripulantes.
• Cuarto. Cuando lleve pasajeros o carga, lista de los nombres de los pasajeros y
lugares de embarque y puntos de destino y manifiesto y declaración de carga.
• Quinto. Cualquier otro documento que reglamentariamente pueda exigirse.
Artículo veintiuno.
La aeronave llevará también licencia y calificación de su estación de radiocomunicación, así como el Diario del servicio radioeléctrico, donde se registren las comunicaciones efectuadas y las incidencias notables habidas en ellas.
2. Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por el Real Decreto 57/2002.
Libro séptimo - Capítulo 2 (aplicable a aviones)
7.2,5. Instrumentos y equipos
7.2.5.1. Para todos los aviones en todos los vuelos
7.2.5.1.2. Equipo
7.2.5.1.2.1.1. Todos los aviones en todos los vuelos irán equipados con:
d) Manuales, cartas e información siguientes.
i) el manual de vuelo del avión, u otros documentos o información relacionados con toda limitación de utilización prescrita para el avión por la autoridad encargada de la certificación, del Estado de matrícula, y requeridos para la aplicación del apartado 7.2.4.
ii) cartas actualizadas adecuadas para la ruta del vuelo propuesto y para todas las rutas por las que posiblemente pudiera desviarse el vuelo.
Pero date cuenta, que esa misma legislación te está diciendo "tripulantes", "carga", etc..., en un ULM....
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